La Policía Nacional deja de priorizar el castellano para expedir el DNI a instancias de la ‘ONG del catalán’

Plataforma per la Llengua, la asociación autodenominada como la ‘ONG del catalán’, ha conseguido que la Policía Nacional modifique sus requisitos y consejos para presentar el certificado de nacimiento para expedir el DNI, eliminando la recomendación de que se tuviera que hacer en castellano y logrando que se pueda llevar a cabo «en una lengua oficial de cada región sin necesidad de traducción».Una rectificación que llega cuatro meses después de que la entidad lingüística denunciara por vía administrativa a un agente de la Policía Nacional por «obligar», según su relato, a un vecino de la localidad valenciana de Paterna a presentar la documentación en castellano para tramitar un DNI.De acuerdo con la versión que comunicó Plataforma en aquel momento, el indicativo policial « no respetó los derechos lingüísticos » del ciudadano, por lo que instó al Cuerpo a abrirle a un procedimiento sancionador por supuestamente negarse a expedirle el Documento Nacional de Identidad porque el certificado de nacimiento estaba en valenciano y no en castellano.MÁS INFORMACIÓN noticia No Las argucias para inflar las horas de catalán de la inmersión lingüística en AlicanteHasta ahora, la web del instituto armado español de naturaleza civil, dependiente del Ministerio del Interior, decía que «en el caso de comunidades autónomas bilingües, es recomendable que esta certificación también se incluya en castellano para evitar retrasos por su traducción ». Algo que la entidad catalana entendía que era «doblemente grave», pues «es contraria a la legalidad al presionar a los ciudadanos a renunciar a su lengua» y porque «reconocía que la atención en lenguas propias diferentes al castellano no se hace con la misma agilidad» y, por lo tanto, «sus usuarios no viven en igualdad de condiciones».De esta forma, la ‘ONG del catalán’ celebra que una institución «tan hostil con los derechos lingüísticos como la Policía Nacional haya rectificado», pese a que considera que «es lo mínimo que podían hacer» porque «la discriminación era flagrante». «El cuerpo policial debe respetar la elección lingüística de los ciudadanos y ningún agente se puede negar», argumenta.Así las cosas, continúa denunciando el « poco respeto » de la Policía Nacional al manifestarse en el proceso de reclamación en castellano pese a que la queja se interpuso en valenciano, extremo que «ha evitado responder», según Plataforma, para «no abrir sanción al agente responsable de la discriminación».Base legal de la denunciaComo base legal para fundamentar su denuncia, la asociación cita el artículo 104.1 de la Constitución Española , que «obliga las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a proteger el libre ejercicio de los derechos y de las libertades de la ciudadanía», así como la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad, que recuerda en el artículo 5.1 que «los agentes tienen que actuar con absoluto respecto al ordenamiento jurídico y que tienen que realizar su tarea con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin ninguna discriminación por razón de raza, religión u opinión».Por otro lado, hace referencia al artículo 5.2, que estipula que en el ejercicio de su actuación profesional tienen que evitar «cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que comporto violencia física o moral»; además de observar «un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos, a los cuales tiene que procurar auxiliar y proteger» y tienen que proporcionar información completa.Y, por último, nombra la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, que tipifica como falta muy grave «toda actuación que supongo discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, sexo, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

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