Desvelado el testamento final de Emilia Pardo Bazán

Se conocía un testamento ológrafo, redactado de su puño y letra por Emilia Pardo Bazán (1851-1921) con fecha del día 1 de enero del año 1912. La redacción de tal documento había sido provocada sin duda por un impulso airado, porque la escritora desheredaba a su hijo mayor, Jaime Quiroga y Pardo Bazán , debido «a los gastos crecidos e injustificados realizados por mi hijo durante muchos años, sin mi beneplácito y desoyendo mis reiteradas advertencias maternales».Parecía evidente que un testamento de una intelectual tan brillante, de apenas sesenta años de edad, con consecuencias tan nefastas para su primogénito, no podía ser definitivo. Biógrafos y pardobazanistas, así como los herederos del Condado de Pardo Bazán , teníamos la convicción de que existía otro documento testamentario posterior, en el que la ilustre escritora podía dar claves muy interesantes sobre su poliédrica personalidad y sobre su no siempre previsible voluntad.Tanto Carmen Colmeiro , actual Condesa de Pardo Bazán, como su padre hicieron ímprobos esfuerzos para dar con ese testamento, pero no será hasta muy recientemente cuando aparezca en el Archivo General de Protocolos del Archivo Histórico Nacional . Este testamento se redactó, en efecto, ante un notario del Ilustre Colegio de Madrid, el extremeño Don Emilio de Codecido y Díaz , el 4 de junio de 1920, un año antes del fallecimiento de la escritora.Se trata de un testamento abierto, es decir, que el notario conoció su contenido en el momento mismo de su redacción. Es más, queda claro que el también diputado liberal por Plasencia, Codecido y Díaz, escribe de su puño y letra lo que la testante le dictaba. Por eso, en este testamento, doña Emilia es muy ella misma , muy aquella Emilia Pardo Bazán sorprendente y decidida… ¡genio y figura hasta la sepultura!Es importante la forma en que desea presentarse la escritora en este documento de vital trascendencia en que expresa sus últimas voluntades. Junto a los datos habituales, Pardo Bazán ha querido dar dos informaciones muy precisas sobre su estado civil y sobre su ocupación profesional: viuda y catedrática de la Universidad Central. Consigna que es viuda aunque estaba separada de su marido, José Quiroga y Pérez de Deza , desde el año 1884 en que, en un documento notarial conservado en su archivo, obtenía una amplia licencia marital de su esposo, renunciando ambos a los bienes gananciales del matrimonio. No había divorcioDado que entonces no existía en España el divorcio, doña Emilia conseguía de forma privada y de facto total independencia , con la extinción de la sociedad conyugal, aunque ciertamente ello no suponía la ruptura del vínculo matrimonial.Más chocante es que, sin hacer alusión a su condición de escritora profesional, se defina como catedrática de la Universidad Central, cuando una de sus grandes ambiciones se verá ensombrecida por el boicot al que sometieron sus clases sus colegas profesores. Como es bien sabido, el claustro de la Facultad de Filosofía y Letras no aceptó de buen grado lo que le pareció a sus miembros una imposición del ministro de Instrucción Pública, Julio Burell , y de Romanones , presidente del Consejo de Ministros, empeñados en resarcir a la escritora por la humillación que le había infligido la Real Academia Española.Tres páginas del testamentoDebido a esa vergonzosa actitud, la autora de Los Pazos de Ulloa tuvo muy pocos alumnos oficiales, uno solo al parecer: Pedro Sáinz Rodríguez . La escritora vivió aquello como una gran decepción personal, con el regusto amargo de haber fracasado en una de sus mayores ambiciones intelectuales y profesionales. Al igual que ocurrió con el repetido rechazo a su ingreso en la Real Academia, la única razón de aquel boicot fue su condición de mujer y de hecho muchos de los miembros de la Española eran sus colegas de claustro. A pesar de que su desilusión con la Universidad Central fue muy grande, en su testamento parece expresar una voluntad inequívoca de pasar a la posteridad como catedrática.CláusulasLa primera de las cláusulas de este testamento tiene un interés especial puesto que, tras declararse católica, apostólica y romana, doña Emilia especifica como quiere que sea su entierro: « sencillo y sin lujo ». Quien fue tan criticada en vida por una actitud aristocrática interpretada como manifestación de soberbia, orgullo, pedantería y hasta de engreimiento, optaba para sus últimos momentos en esta tierra por la humildad y la sencillez. En su línea, censura con sinceridad el aparato del que se rodea a la muerte, que le parece «feo, frisando en ridículo y poco respetuoso para tan grave circunstancia», rechazando además « el repugnante e inútil embalsamamiento ». Estipula, por último, que su cuerpo sea envuelto en la bandera española, gesto entrañable de patriotismo de quien creó la expresión «leyenda negra» para denunciar a los enemigos torticeros de la historia de España.Noticia Relacionada LA TERCERA opinion Si Meirás y la desmemoria histérica José María Paz Gago «Es paradójico, indigno y hasta cruel que la propiedad de la familia Quiroga Pardo-Bazán, tan atrozmente represaliada por los verdugos republicanos, víctima de las milicias conformadas por comunistas, socialistas de la Agrupacion Socialista Madrileña y anarquistas de la CNT-FAI, vaya a convertirse en lugar de rememoración no de sus víctimas sino de las víctimas del bando contrario»Pero lo más jugoso es la instrucción que deja sobre sus funerales, los cuales deben celebrarse -«fallezca donde falleciere»- en la capilla de las Torres de Meirás. Pero no dice ni una palabra de lo que biógrafos e historiadores de la literatura han repetido hasta la saciedad: su voluntad de ser enterrada en el sepulcro de esa capilla donde reposan los restos de su querido padre, José Pardo Bazán . Lo afirma con contundencia Isabel Burdiel – «ella había expresado repetidamente su deseo de ser enterrada en Meirás» – y también Tereixa Constenla , en El País del 9 de mayo de 2021: «En la capilla de Meirás hay un lugar que la escritora reservó para enterrar sus restos (hoy en la iglesia de Nuestra Señora de la Concepción en Madrid). Nunca se cumplió su voluntad». Ni rastro de tal deseo en el momento trascendental en el que expresa sus últimas voluntades. Como siempre, también en circunstancia tan solemne, doña Emilia nos sorprende.Los herederosEn la Cuarta cláusula procede a las partijas entre sus herederos, sus tres hijos: Jaime, Blanca y Carmen, pero comienza por su nieto, Jaime Quiroga y Collantes , que entonces contaba con apenas dos años de edad. De este modo, lega a su nieto la joya de la corona, la finca de Las Torres de Meirás, tanto la casa como sus huertas, jardines y todas sus dependencias, dejando como usufructuario a su hijo Jaime, conde de Torre de Cela. Demuestra esta sorprendente disposición testamentaria la poca empatía de doña Emilia con su primogénito debido a la vida disipada que este llevaba, con grandes e injustificados dispendios. Poco ha cambiado el testamento ológrafo de 1912 en el que mejoraba sensiblemente a sus dos hijas y cedía a Jaime «sino aquello que en estricto derecho le corresponde, y nada de lo que libremente puedo legar a quien quiera».En segundo lugar cita a su hija pequeña, Carmen , la única soltera, a quien lega su casa de Madrid, en la calle Princesa, con todas sus ropas, muebles y objetos, salvo un barqueño que destina a su yerno, Marqués de Cavalcanti , como recuerdo. La señorita Carmen, sin duda su favorita, recibe además la propiedad y rendimiento de sus obras literarias, mientras que nada deja expresamente a su hija Blanca, la esposa del general Cavalcanti, pues ya había sido muy beneficiada en la herencia de su padre.

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