El defensor del Pueblo se escuda tras el recurso del Supremo contra la amnistía para no mojarse

«Respeto y posibilidad». Esas son las dos palabras escogidas este miércoles por el defensor del Pueblo, el socialista Ángel Gabilondo, para justificar por qué la institución que encabeza decidió en septiembre no recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley de amnistía a los encausados por el ‘procés’. Respeto hacia el órgano de garantías, que es quien tendrá la última palabra (o la penúltima si se lleva posteriormente a Europa) y posibilidad (o no) de que la norma aprobada por el Congreso de los Diputados tenga cabida en la Constitución.«Puede interpretarse como posible constitucionalmente una medida como la amnistía aprobada. No digo que sea la única posibilidad», ha afirmado el exministro y exlíder del PSOE de Madrid, en su comparecencia ante la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo, celebrada esta tarde en la sala Constitucional de la Cámara Baja. Cabe recordar que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su partido decían antes de las elecciones generales del año pasado que la amnistía era «claramente inconstitucional» .Es la misma opinión que defendieron los letrados del Congreso la legislatura pasada cuando la Mesa rechazó la calificación de una ley de amnistía promovida por los partidos independentistas. Todo cambió cuando tras los comicios del 23-J Sánchez necesitaba los siete votos de Junts per Catalunya para ser reelegido presidente y el prófugo Carles Puigdemont exigió el olvido legal del ‘procés’ como contrapartida. La Cámara Baja nombró un nuevo secretario general y el Congreso ignoró el veto del Senado y las advertencias de posible inconstitucionalidad y aprobó la norma por mayoría absoluta. Ya ha habido beneficiados de la amnistía, pero el Tribunal Supremo ha resuelto que no se puede aplicar al delito de malversación a la par que ha elevado un recurso ante el TC.Noticia Relacionada estandar Si La ponencia que debatió la Constitución descartó la amnistía J. C. Dos enmiendas planteaban que el Parlamento pudiese conceder esa medida de gracia y fueron rechazadasPrecisamente ese recurso del Supremo ha sido el principal argumento, desde el punto de vista técnico, con el que Gabilondo ha explicado por qué el Defensor del Pueblo no ha recurrido la ley ante el órgano de garantías. El socialista, que ha llegado quince minutos antes del inicio de la sesión y ha empleado su habitual tono académico, lejos de la beligerancia que habitualmente recorre el debate parlamentario, ha citado el artículo 17.2 de la Ley del Defensor del Pueblo, que dice lo siguiente:«El Defensor del Pueblo no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiere por persona interesada demanda o recurso ante los tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional. Ello no impedirá, sin embargo, la investigación sobre los problemas generales planteados en las quejas presentadas. En cualquier caso velará por que la Administración resuelva expresamente, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados».La diputada del PP María Eugenia Carballedo le ha preguntado si entonces va a retirar el recurso interpuesto contra la ley de caza de Castilla y León, ya recurrida por el Tribunal Superior de Justicia regional, o contra la ley trans de la Comunidad de Madrid, llevada al Constitucional por el Gobierno central con «los mismos argumentos», ha dicho, que el Defensor del Pueblo. También ha criticado ese razonamiento de Gabilondo el diputado de Vox Pedro Fernández, quien ha acusado al defensor del Pueblo de ejercer de «aliado» del Ejecutivo y ceder a sus «presiones», y ha rechazado que la oposición a la amnistía no es «el examen individual» de una «queja», sino un «deber» por, en sus palabras, la flagrante vulneración de la igualdad entre los españoles.«Posición equidistante»El Defensor del Pueblo resolvió el 4 de septiembre que no iba a recurrir la ley de amnistía ante el Constitucional y publicó su argumentación en su web el 11 de septiembre. Este miércoles, Gabilondo ha reiterado a sus señorías los motivos de la decisión. Los senadores de PNV Igotz López, ERC Joan Queralt y Geroa Bai —la marca del PNV en Navarra— Uxue Barkos han aplaudido la posición del defensor, mientras que el diputado Josep Pagès, de Junts, ha coincidido con su criterio de no elevar la norma al TC, pero ha criticado que su informe entre a valorar el fondo «desde una posición equidistante» y, según él, comprando argumentos de PP y Vox.«No esperen de mí un pronunciamiento político. Se trata de una ley suficientemente recurrida desde el ámbito judicial. El debate sobre la constitucionalidad o no de la amnistía debe ser estrictamente jurídico-constitucional», ha dicho Gabilondo, quien por un lado ha defendido los valores de la igualdad, la seguridad jurídica y la prohibición de la arbitrariedad, pero por otro ha reconocido a las Cortes Generales —obviando que el Senado vetó la ley, precisamente, por su presunta inconstitucionalidad— «presunción de constitucionalidad».«Claramente inconstitucional»El diputado socialista Herminio Sancho ha desviado el foco de la comparecencia diciendo que le habría gustado que versase sobre los abusos sexuales de la Iglesia y, mientras su Gobierno alega que es el Tribunal Constitucional quien debe pronunciarse sobre la constitucionalidad de las leyes, sí se ha atrevido a señalar como «claramente inconstitucional» la reforma del ‘Reglamento del Senado’ que hizo el PP, con mayoría absoluta en la Cámara Alta, para poder tramitar de forma ordinaria las normas impulsadas con procedimiento de urgencia en el Congreso.Gabilondo, que ha negado presiones para elaborar la resolución frente a las acusaciones del diputado de Vox, ha agradecido en su réplica las intervenciones de sus señorías, incluidas, ha afirmado, aquellas «en tono aleccionador», pero ha insistido en que «nunca antes» el Tribunal Supremo había recurrido una norma ante el Tribunal Constitucional antes de transcurridos los tres meses concedidos al presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo y cincuenta diputados o senadores para recurrirla. Motivo suficiente para él, más allá del resto de argumentos aportados, para que el Defensor del Pueblo no haya movido ficha, a la espera del pronunciamiento final del órgano de garantías.

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