Condenado Jesús Pradales a 14 años de cárcel por matar y descuartizar a Juana Canal

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Jesús Pradales a catorce años de cárcel como autor responsable de un delito de homicidio , con la agravante de parentesco, por matar la madrugada del 23 de febrero de 2003, en el transcurso de una discusión, a Juana Canal , vecina de Ciudad Lineal, tal y como consta en la sentencia. Además, la acusación particular solicita, en concepto de responsabilidad civil, que el acusado se condenado a indemnizar con 200.000 euros al hijo de la fallecida y a cada uno de sus hermanos con 60.000 euros. El Ministerio Fiscal, en cambio, solicita una indemnización de 150.000 euros, para el único hijo supérstite, por el fallecimiento de su madre y a cada uno de los hermanos de Juana Canal Luque en la cantidad de 50.000 euros.Noticia Relacionada estandar No Juicio por la muerte de Juana Canal: «No sabemos cómo murió la víctima, Jesús eliminó las pistas» ABC La fiscal ha reprochado a la Policía que en 2003 no investigara el caso al tratar la desaparición de voluntaria y no forzosaEl pasado mes de septiembre, la Fiscalía de Madrid y un jurado popular solicitó una condena de 15 años a Jesús culpable del homicidio intencionado de su entonces pareja y descartara que se tratara de una muerte accidental. Los miembros del tribunal del jurado respaldaban así la tesis de la fiscal y del abogado de SOS Desaparecidos, Juan Manuel Medina , quienes mantenían que la fallecida no murió de forma fortuita después de que el acusado le apartara con el brazo para evitar que le agrediera.Noviembre de 2023En noviembre de 2023, la titular del juzgado de Instrucción número 21 de Madrid emitió un auto en el que enviaba a juicio a este hombre de 59 años. En el mismo, se apuntaba que «en la madrugada del día 22 de febrero de 2003, Jesús Pradales se encontraba en el domicilio que compartía con Juana Canal Luque, su pareja sentimental con la que mantenía una relación de convivencia estable , iniciando con ella una discusión».Ahora, en la sentencia, el tribunal incide en que «hay que tener en cuenta la gravedad del daño sufrido por los familiares, ligado a la experiencia de perder de forma abrupta una madre y hermana, resultando probado en el juicio que el hijo que convivía con ella tuvo que abandonar el domicilio por no poder hacer frente a los gastos de alquiler, y que incluso falleció sin tener noticia alguna de que había ocurrido con su madre».Los magistrados se niegan a apreciar una atenuante de confesión, ya que «el acusado en modo alguno cumple ninguno de los presupuestos, ya que el mismo no acudió nunca ante la autoridad a manifestar lo que había hecho, y es sólo cuando se le detiene y ante las contundentes pruebas halladas en relación con los restos de quien había sido su pareja sentimental, cuando da una versión de lo sucedido, reconociendo únicamente haber descuartizado a Juana Canal».Muerte accidentalEl procesado mantuvo en el juicio que la que fuera su pareja durante cinco meses murió de forma accidental en el piso que compartían en Ciudad Lineal la madrugada del 23 de febrero de 2003 de un golpe contra el suelo después de que la apartara con el brazo para evitar que ésta le pegara con los puños. Según su relato, esa noche Juana estaba más agresiva de lo normal al estar bajo los efectos del alcohol.Durante su exposición final, la fiscal subrayó que la muerte de Juana no fue «accidental», sino el «resultado de una acción agresiva en la que Jesús asumía el riesgo» de ese resultado. « En 26 horas, la descuartiza , que no es fácil, conduce 170 kilómetros, cava dos hoyos, entierra los restos óseos, vuelve y deja la nota a Sergio, el hijo mayor de Juana, en la que le escribe que su madre ha tomado pastillas y se ha ido», detalló.

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