Absuelto en Córdoba un acusado por su ‘inquiokupa’ de apropiarse de sus enseres tras abandonar su vivienda
Una ‘inquiokupa’ que había alquilado una vivienda en Córdoba en marzo de 2021 falsificando la firma de su madre en el contrato -aportando así solvencia- y que dejó de pagar casi 30.000 euros de alquiler y suministros ha sentado en el banquillo al esposo de la propietaria de la casa acusándolo de apropiarse de unas bolsas de basura que contenían parte de sus pertenencias que no se había llevado el camión de la mudanza -alegando que había joyas de ‘Bulgari’- al abandonarla poco antes del desahucio judicial.El acusado, marido de la propietaria de la vivienda que se pudo recuperar con múltiples desperfectos en octubre de ese año ha sido absuelto ahora después de tres años y de soportar un juicio en el que la Fiscalía solicitaba para el encartado víctima de la ‘inquiokupa’ dos años de prisión por no entregar esas bolsas a unos individuos que habían acudido a su casa días más tarde en nombre de la inquilina condenada por esa okupación por falsedad en documento mercantil y estafa a un año y nueve meses de cárcel.La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 2 de Córdoba a la que ha tenido acceso ABC recoge que «en este caso, aún cuando contamos con la declaración de la denunciante, escasa credibilidad puede otorgarse a la misma desde el momento en que la misma ha sido condenada por delito de estafa y falsedad en documento mercantil al haber falsificado la firma de su madre con la finalidad de conseguir acceder a la vivienda, una vez que fue desahuciada de la vivienda que anteriormente había ocupado, dejando una importante deuda por rentas impagadas». Además, el fallo prosigue «que así mismo cuando ella denuncia la apropiación de una serie de joyas, que posteriormente la pericial aportada por la defensa ha acreditado que se trataba de mera bisutería ».Noticia Relacionada Datos judiciales estandar No Los desahucios y las denuncias por cláusulas suelo caen a mínimos en la provincia de Córdoba en 2023 Francisco Poyato Los lanzamientos practicados el año pasado llegaron a 210, un 60 por ciento relacionados con el alquiler; en 2015 el total llegó a 858El letrado de la defensa del propietario de la vivienda, Manuel Fernández Poyatos , presentó una pericial consistente en la apertura con presencia notarial de las bolsas de basura depositadas en el garaje de la vivienda donde hacía constar, entre otras cosas, que las joyas no eran tales sino mera bisutería. Alerta por esta práctica recurrente de los ‘inquiokupas’Para este letrado de la defensa del acusado, «la sentencia demuestra como contrariamente a lo que se piensa, la justicia al final también protege a los propietarios«después de ver esta práctica inquietante y recurrente por parte de los ‘inquiokupas’». Y recuerda que el modus operandi que utilizan estos individuos después de que se les comunique que van ser desahuciados es abandonar poco antes la vivienda, dejar algunos enseres y denunciar al propietario por apropiación indebida. Hay que advertir a los propietarios, que si bien la casa se devuelve por el okupa por por vía de lanzamiento judicial se consideran objetos abandonados, pero el problema ocurre cuando la persona abandona por un acuerdo entre las partes -poco antes de ejecutarse el lanzamiento judicial- entonces se utiliza este elemento subrepticio.El reciente fallo judicial del Penal cordobés recoge entre otras cuestiones «que en una de las conversaciones de whatsapp se desprende que la inquilina desalojaba la vivienda el día 5 de octubre, y procedía a la entrega de las llaves de la casa en el despacho del letrado , lo que daba a entender que los objetos que había dejado en la vivienda, metidos además en bolsas de basura , eran objetos inservibles y que dejaba abandonados en manos de la propiedad».Tanto es así que surgen, recoge la jueza en la sentencia, «incluso discrepancias en torno al día en que el transportista volvió a la vivienda para recoger el resto de enseres, pues mientras que la denunciante lo fecha al día siguiente, el acusado lo fecha varios días después, y los testigos tampoco han podido precisar el día exacto en que ello ocurrió».La jueza la califica de «inquilina-okupa»La jueza vuelve a llamar a la lógica y concluye que «este es un dato importante, por cuanto si el acusado no estaba presente cuando se realiza la primera mudanza y no conocía al transportista, y la testigo no se encontraba tampoco presente, es lógico pensar que el acusado no quisiera entregar los objetos a unas personas que nunca la acreditaron venir de parte de la inquilina-okupa ». En este sentido, la jueza añade que «máxime cuando la misma había ocasionado en la vivienda unos desperfectos que han alcanzado la cuantía de 30.000 euros conforme a la sentencia dictada por el Juzgado Penal nº 5 de Córdoba y que la condena como autora de un delito de daños por los mismos».Noticia Relacionada Convivencia estandar No Vecinos de la Fuensanta piden más seguridad y vigilancia en la piscina municipal Luis Miranda Se concentran para denunciar las peleas y robos sufridos durante el veranoY siendo así que ni tan siquiera la relación de objetos que la ‘inquiokupa’ denuncia como apropiados se ajusta a la realidad, por cuanto frente a las joyas auténticas que la misma indica que quedaron en la vivienda , la pericial aportada por la defensa, y que contradice la pericial judicial, tasa tales objetos en 2.336 euros, afirmando que se trataba de mera bisutería. «No entra en las reglas de la lógica»Joyas y objetos que se encontraban guardados en bolsas de basura, por lo que el fallo recoge que «no resulta descabellado pensar que, una vez entregadas las llaves de la vivienda por la denunciante, el acusado pudiera entender que aquellos objetos habían sido abandonados por aquella. Y es que no entra dentro de las reglas de la lógica que una persona realice una mudanza y deje guardado en bolsas de basura, sus pertenencias más valiosas , y depositadas en el porche de la vivienda». Y si a ello, añade la jueza en la sentencia, «se une que nunca se puso en contacto con la propiedad para recoger las mismas, o solicitar que se le devolvieran de algún modo, y que tampoco acudió al acta de apertura de las bolsas en presencia de notario para realizar la pericial de la defensa, todo ello puede llevar a entender que la misma había hecho dejación de aquellos bienes, que dejó abandonados en la vivienda una vez entregadas las llaves de la misma y resuelto el contrato».Noticia Relacionada sucesos estandar No Los vecinos del Brillante denuncian dos nuevos robos en chalés de la zona este fin de semana Pilar García-Baquero Uno de ellos ha sido frustrado después de que la alarma de la casa saltara cuando tres individuos encapuchados intentaban forzar una ventanaEn estas circunstancias, abunda la jueza titular del Juzgado de lo Penal 5 «no puede olvidarse que el delito de apropiación indebida recogido en el artículo 253 del Código Penal es eminentemente doloso, siendo así que en ningún caso ha resultado acreditado que la voluntad del acusado fuera la de incorporar a su patrimonio tales objetos, pues los mismos quedaron depositados en el garaje de la vivienda, protegidos de la mejor forma que pudo, y esperando que la denunciante pasara a recogerlos, cosa que nunca hizo».